Por la motivación que antecede este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley anula todo lo actuado a partir del 17/07/2009, y acuerda la reposición de la causa al estado de que comience el lapso de diez (10) dias de despacho a partir de que conste en autos la notificación del Procurador General de la República, mas cinco (05) de término de distancia, para el acto de oposición al recurso previsto en el artículo 174 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, solicitada por el abogado Reinaldo José Mirabal Barrios, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 64.031, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Francisco Ramón Mirabal Barrios y Reinaldo Gaspar Mirabal Delgado, titulares de la cédula de identidad Nos: 8.168.312 y 889.768, respectivamente; y el Abogado Jorge Huerta Polidor, in.....