Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal con competencias en Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta a tenor de lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, el SOBRESEIMIENTO, del Asunto Penal Nº CP31-S-2012-002618, seguido al ciudadano PEDRO JESUS ESPINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº sin datos de identificación, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, VIOLENCIA SEXUAL Y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 39, 43 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana MAGALYS ELOISA GONZALEZ Y ANGELA YAUDIMAR GONZALEZ GONZALEZ.