ESTE TRIBUNAL DE EJECUCIÓN SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: EXPEDIR COPIAS CERTIFICADAS solicitadas por el ciudadano: NELGAR RAFAEL RONDÓN, advirtiéndosele al mismo el contenido de los artículos 65 y 227 ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que establecen el Derecho al honor, reputación, propia imagen, vida privada e intimidad familiar y a la Violación de la Confidencialidad, respectivamente; y SEGUNDO: Diferir la Audiencia Especial fijada para el día 13-04-2005, a las 10:00 a.m., para el día 28-04-2005, a las 10:00 horas de la mañana, con debida advertencia a la Abogada solicitante que el argumento esgrimido para su diferimiento es válido en solo una oportunidad, en virtud de la posibilidad que existe de organizar su agenda a los fines de acudir al Tribunal en la nueva oportunidad en que se.....