DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO, por prescripción de la acción penal de la causa signada con el N° 1C-5665-04, en la cual se encuentra como imputado, ANSELMO JOSE IZQUIERDO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 14.693.784, por la presunta comisión por uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD específicamente del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455, ordinal 4° del derogado Código Penal Venezolano, en perjuicio de CASTILLO GARCIA NESTOR DEL COROMOTO, titular de la cedula de identidad N° V 3.846.102, conforme a lo establecido, en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, 108 y 110 del Código Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo con.....