D I S P O S I T I V A:
En atención a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado NABOR JESUS LANZ CALDERON, apoderado judicial de las partes codemandadas contra el auto dictado en fecha 10 de diciembre del año 2.015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: Se Revoca el auto de fecha 10 de diciembre del año 2.015, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito Y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
TERCERO: Se Ordena al Tribunal A-quo, fijar nueva oportunida.....