SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Revisión, de Aumento de la Obligación de Manutención, a favor del niño (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente), una suma mensual equivalente al 20% del salario mínimo urbano vigente, a razón de CIENTO CINCUENTA (150) BOLIVARES FUERTES, mensuales, a partir del presente mes y año en curso.-
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 365 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, se decreta el pago de Dos (02) bonos extras del 17,73% del bono vacacional cuando el padre lo perciba y de la Bonificación especial de fin de año, para cubrir parte de los gastos ocasionados por el Beneficiario de la causa en inicio de actividades escolares y festividades decembrina, sumas estas que deben ser retenidas por ese Organismo empleador y depositada en el Banco Banfoandes, cuenta de ahorros, signada con el .....