D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, con fundamento en los artículos 64, ultimo aparte, 330 ordinal 6° y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, se declara:
PRIMERO: Admite totalmente la acusación y el cambio de calificación presentada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, ABOG. LIGIA KARELYS CASTILLO, en contra del ciudadano NELSON DE JESUS CHACIN TAFUR, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.624.862, por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano: JOSE ANGEL RODRIGUEZ MORALES, así mismo los medios de prueba por ser útiles pertinentes y necesarios, todo de .....