DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la Apelación interpuesta por la Ciudadana MAIGRET YOLISMAR RODRIGUEZ VILLANUEVA, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.201.761, asistido por el Abogado MARCOS GUTIERREZ contra la sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de la causa.-
SEGUNDO: Confirmada en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Biruaca de esta Circunscripción Judicial en fecha 17/03/2006 en la cual establece como Obligación Alimentaria la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) mensuales, que cumple el ciudadano OMAR JOSE LUQUE, titular de la Cédula de Identidad N° 3.770.968, a favor de la niña MILEDDY ALEXANDRA RODRIGUEZ VILLANUEVA, a partir del mes de Marzo del corriente año, más aportes extras en el mes de Julio y Diciembre por la suma de DOSCIENTOS TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 230.000,00) C/U, sumas estas que deberán ser depositadas directamente por el Obligado Alimentario en la Cuenta de Ahorro .....