Este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN, suficiente sobre el conjunto de bienhechurias construidas en un lote de terreno constante de CUATROCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON CINCO CENTÍMETROS (412,5 M2), propiedad Municipal, ubicado en el barrio "Saman Llorón", del Municipio San Fernando del Estado Apure; comprendidas dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Ricarda López, en (25,00 Mts.); SUR: Casa de Indira Villegas, en (25,00 Mts.); ESTE: Terreno desocupado, en (16,50 Mts.); y OESTE: Calle Los Mangos, en (16,50 Mts.), Dichas bienhechurías constan de: Una casa de habitación familiar, de construcción mampostería, con piso de cemento .....