DECLARA CON LUGAR la acción por Aumento de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana MIRIAM ADELAIDA SUSARRE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.238.714, representante legal de los Hnos. (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistido por el Defensor Publico Tercero, adscrito a la Unidad de Defensa Publica del Estado Apure, contra el ciudadano FELIX MARIA MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.590.647.
SEGUNDO: En consecuencia se Aumenta con CARÁCTER DEFINITIVO la OBLIGACION DE MANUTENCION de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F.200,oo) mensuales a la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 400,oo) mensuales; a partir del presente mes y año, más aportes extras Bono Vacacional por la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,oo) y Bono de Fin de Año por un monto de MIL QUINIE.....