Es por todo lo antes analizado, que este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, PRIMERO: ADMITE la Acusación presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, en contra del imputado RODRÍGUEZ BAUDILIO ANTONIO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.569.416, natural de El Amparo, Estado Apure, nacido en fecha 02-05-1976, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en el Barrio José Antonio Páez, casa s/n al lado de un kiosco azul, Guasdualito, Estado Apure, por encontrarse incurso como autor de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39, 40 y 44 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de Yarlis Fabi.....