Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, PRIMERO: La APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA, del ciudadano imputado LUÍS EDUARDO CORREA CARRIZO, venezolano, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.131.455, nacido en Guasdualito, Estado Apure, en fecha 04-06-1967, de estado civil soltero, hijo de José Correa y Elza Carrizo, residenciado en el sector Pueblo Viejo, calle principal, al lado de la Iglesia Alfa y Omega, Guasdualito, Estado Apure, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículo 41 y 42 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de María Correa, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el De.....