Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, con sede en la ciudad de San Fernando de Apure, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la ley le confiere, DECLARA:
PRIMERO: La EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, seguida a los ciudadanos: VICTOR RAMON ARTAHONA BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-18.545.248, JOSE IGNACIO TEJADA SEQUEDA, Titular de la cedula de identidad Nº V- 18.147.165, WELTER ANTONIO TEJADA SEQUEDA, Titular de la cedula de Identidad Nº V-18.147.164; de acuerdo a lo establecido en el Ordinal 7° del Artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, por el total y cabal cumplimiento de las condiciones impuestas en la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO y como consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, en su orden, de conformidad a lo pautado en el Artículo 318, Ordinal 3° en concordanc.....