DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Siendo el Ministerio Público el titular de la acción penal y teniendo el mismo la potestad de solicitar la aplicación del procedimiento ordinario o abreviado, conforme a las previsiones en artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, este tribunal considera ajustado a derecho la solicitud fiscal de que se prosiga la presente investigación por el procedimiento ordinario.
SEGUNDO: Se decreta la nulidad de la aprehensión de los ciudadanos PEREZ PEREZ FREDDY JOSE, Titular de la cedula de identidad Nº V-12.582.145, natural de San Fernando Estado Apure, de 34 años de edad, nacido el 12-09-74, soltero, hijo de ROSA PEREZ Y FREDDY PEREZ, Residenciada en el Barrio San José Sector 2, calle los mangos casa S/N, de Pr.....