PRIMERO: De conformidad con el Artículo 375 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal, SE DECLARA CON LUGAR LA ACUSACION, interpuesta por el Ministerio Publico en contra de los acusados JOSÉ GUSTAVO MONTILLA YAYES, venezolano, natural de San Fernando, Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 20.092.592, estado Civil Soltero, fecha de nacimiento 21-07-1987, de profesión u oficio: comerciante, residenciado en la Urbanización El Recreo, cerca del Terminal de carros por puesto, casa color verde; y LEISMAR ROJAS MORENO, venezolano, natural de San Fernando, Estado Apure, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.321.798, estado Civil Soltero, fecha de nacimiento 22-06-1991, de profesión u oficio: estudiante, residenciado en la Urbanización El Recreo, cerca del Terminal de carros por puesto, casa color verde; asistidos por los defensores privados ABGDA. MARY GRATEROL PETIT Y ABOG. JOSE GUERRA, acusados por la Fiscalía 16 del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, re.....