IV
DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, DE TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: Con Lugar, la acción de Divorcio por la causal de abandono voluntario, intentada por la ciudadana GÉNESIS HELEN AGUILAR RANGEL, titular de la Cédula de Identidad N°.V-18.145.767, debidamente asistida por la Abogada MARÍA ELOINA UTRERA RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°.134.292, contra el ciudadano LUÍS ANTONIO OCHOA, titular de la Cédula de Identidad N°.V-16.232.475. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre los cónyuges LUÍS ANTONIO OCHOA y GÉNESIS HELEN AGUILAR RANGEL, por ante la Primera Autoridad de la Jefatura Civil del Municipio Biruaca del Estado Apure, todo según se evidencia de acta M.....