Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa, instruida en contra del ciudadano JORGE SILFRIDO BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.132.410, de estado civil soltero, de profesión u oficio técnico electrónico, residenciado en el barrio Morrones, calle principal, casa s/n, Guasdualito, estado Apure, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.