este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNIONES CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: Admitir la precalificación Fiscal por los delitos de VIOLENCIA FISICA SOBRE LA MUJER, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la Violencia Física en contra de la Mujer y la Familia , cometido presuntamente por el ciudadano FRANCISCO RAMON RAMOS MORA, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 12.554.768, de 28 años de edad, natural de Barinas, Estado Barinas, fecha de nacimiento 31-03-1977, de estado civil soltero, de ocupación u oficio vigilante, hijo de Maria Inocente Mora y Estaban Ramos en perjuicio de la ciudadana DANNY AIDEE RUIZ. SEGUNDO: Se decreta la aprehensión en flagrancia, conforme al artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: La continuación del proceso por el procedi.....