IV
DISPOSITIVA:
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar la presente acción de Nulidad de Documento (Poder Especial) intentada por la ciudadana DIGNA DEL VALLE ACOSTA PUERTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.594.801 y con domicilio procesal en la Calle "A", Urbanización El Cañito, Edificio "Las Pampas de Apure", Oficina Nº.7, diagonal al Circuito Penal de esta ciudad de San Fernando de Apure, Municipio San Fernando, Estado Apure, debidamente asistida y posteriormente representada como sus Apoderados Judiciales los Abogados DAVID BASILIO HERNÁNDEZ MOTA y WILSON JOSÉ BASTARDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.185.545 y 185.551, respectivamente, en contra del ciudadano JESÚS MARÍA HERRERA, venezolano, m.....