DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, este tribunal Segundo de Control del Circuito judicial penal del Estado Apure, administrando justicia, en nombre de la republica bolivariana de Venezuela, conforme a las previsiones del Art. 376 del Código Orgánico Procesal Penal y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO.- Se admite la totalidad de la acusación presentada por el Fiscal Noveno del Ministerio Publico, en contra del ciudadano ALBERTO JOSE MENDEZ RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolano, natural de San Fernando de Apure, con fecha de nacimiento 27-07-85, de 24 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Promotor de ventas de productos de limpieza en Cloro ¿Ven, propiedad del señor Zamora, ubicado en la entrada del Guasimo , hijo de José Alberto Méndez (f) y Rosa María Rodríguez (v), titular de la cédula de identidad N° 18.992.993, residenciado en Barrio Guasimo I, calle principal N° 97, al lado de las invasiones y cerca de la Bodega Don Rubén, San Fernando E.....