este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA presentada por la ciudadana JUANA SÁNCHEZ CARRILLO, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.476.524, por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub Delegación "B" Guasdualito, Estado Apure, en contra de PERSONAS DESCONOCIDAS. Una vez firme el presente auto, se acuerda devolver las presentes actuaciones a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público para su archivo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. CÚMPLASE.
LA JUEZ DE CONTROL,
ABG. NELLY MILDRET RUIZ RUIZ
LA SECRETARIA,
ABG. XIOMARA PEÑA
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