ACUERDA a tenor del Articulo 131 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, REVOCAR la Medida Provisoria de Colocación en Entidad de Atención (Centro Infantil de Protección Inmediata C.I.P.I) de fecha 22-07-03, y ORDENA la GUARDA bajo la modalidad de COLOCACIÓN FAMILIAR de forma Provisional del niño CESAR ALI ALFONZO, de Un (01) año de edad, en el Hogar de la ciudadana OLIVIA ALFONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-8.197.179, domiciliada en el Barrio Guasito I, en esta ciudad.-