Finalmente esta Juzgadora considera, que de acuerdo a las actuaciones practicadas, así como de las copias de las Cédulas de Identidad, Actas de Nacimiento, y Acta de Defunción acompañadas a la Solicitud presentada, se evidencia que sólo aparecen como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Decujus JACKSON EDGAR CORDERO RATTIA suficientemente identificado, los ciudadanos: CARMEN NACIRA MALDONADO de CORDERO, JACKSON EDUARDO, JACKSON ERNESTO, JACKSON ENRIQUE, JACKSON EDGAR y EMILY JULIETT CORDERO MALDONADO cuya filiación está legalmente comprobada. En consecuencia este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil; DECLARA: Bastante y Suficientemente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: CARMEN NACIRA MALDONADO de CORDERO, JACKSON EDUARDO, JACKSON ERNESTO,.....