este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio, en consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vinculo matrimonial que unía a los cónyuges: LUIS RAFAEL LOVERA VIÑA e INES MARIA LAYA, el cual contrajeron por ante La Prefectura del Municipio Achaguas del Estado Apure, en fecha 30 de Noviembre de 1.970, según consta del Acta de Matrimonio N° 27 acompañada. Y así se decide.-
Liquídese la comunidad conyugal.-
Publíquese, regístrese y cópiese.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los diecinueve días (19) día del mes de Agosto del Dos Mil Cuatro (2.004). Año 194° de la Independencia y 145° de la Federación.-
La Jueza.
Dra. ANAID C. HERNANDEZ
La Secretaria.
Abg. AURI TORRES LÁREZ.
Conf.....