Por todas las consideraciones de hecho y de derecho suficientemente expuestos, ME INHIBO de conocer la presente causa signada 1C-5.164-03 según nomenclatura de este Tribunal Primero de Control, donde se señala como víctima al Ciudadano: Wilmer Fernández, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 8.191.177, y otro; de conformidad y con fundamento en las previsiones del Artículo 86 ordinales 4° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, remítase el legajo contentivo de la causa hasta el Tribunal Segundo de Control de este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, e igualmente elévese la presente inhibición, a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal con copias certificadas de lo pertinente; todo ello a los fines de Ley consiguientes. Ofíciese. Cúmplase.
EL JUEZ INHIBIDO,
DR. DAVID O. BOCANEY ORIBIO
CAUSA N° 1C-5.122-03