DECISION
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a la dilación procesal evidente por parte del Ministerio Público, estima que los supuestos que motivan la privación judicial preventiva de libertad de los ciudadanos JOSE DANNY VALOR APOLINAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.464.760, soltero, natural de Santa Bárbara de Barinas, Estado Barinas, residenciado en la Calle Principal El Matadero al frente del Matadero Elorza; HERIBERTO ARCIDES VALOR RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.875.162, casado, natural de Barinas, residenciado en el Barrio Colinas del Puente, Calle Principal, Casa s/n, Elorza Estado Apure; y HECTOR ANTONIO MOSQUEDA REYES, venezolano, mayor edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.....