En consecuencia este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la acción intentada por la parte actora Ciudadana MIRELLA BEATRÌZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.935.998, debidamente asistida por el abogado Abogado MIGUEL JOSÈ GREGORIO PÈREZ VÀZQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 198.622, con domicilio procesal en el Edificio Leoneca, piso 1, oficina 2, del Municipio San Fernando del Estado Apure, en contra del ciudadano JULIO MIGUEL AROCHA PÈREZ, español, portador de la cédula de identidad Nº E-169.994, con domicilio en la avenida perimetral norte sector el picacho al lado del saque de arena, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana GLORIA MARÌA ALVARENGA DE AROCHA, venezol.....