Acto seguido la ciudadana Juez impuso a los Escabinos elegidos de las obligaciones, requisitos, prohibiciones, impedimentos y causales de excusa, previstas para los ciudadanos que en virtud de la participación ciudadana hayan de fungir como Escabinos en la administración de Justicia. Todo de conformidad con las previsiones de los artículos 150 y 154, del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente la ciudadana Juez interroga a los Escabinos referente a si tienen algún tipo de inconvenientes para constituirse como tales, manifestando los mismos no tener ningún impedimento para desempeñar las funciones a cumplir. Quedando así constituido el Tribunal Mixto Segundo de Juicio en la manera siguiente la Juez Presidente DRA. NORKA MIRABAL RANGEL, Escabino: Titular 1, ÁNGEL RAMÓN GOMEZ CI: V- 4.669.421, Titular 2, LAPREA DE BURBANO MARIA TERESA CI: V- 4.140.226. y ELBA JOSEFINA GARCÍA TOVAR C.I V- 8.155.887. Suplente. Quedando Notificados en este acto de la celebración del juicio oral y pú.....