Seguidamente el ciudadano juez toma la palabra: "escuchada la solicitud de la Fiscal del Ministerio Público y la Defensa Privada, lo ajustado a derecho es decretar la Libertad Plena del ciudadano TEAN DE JESUS OVIEDO ALVAREZ, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 9.710.618, natural de esta ciudad de San Fernando de Apure, nacido en fecha 15-03-1953, nacido en fecha 15-03-1953, DE 58 AÑOS DE EDAD, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de pedro Pablo Oviedo y de Rosa Álvarez, reside en el sector mata palos carretera nacional vía el Baúl, casa s/n, Municipio el Pao del Estado Cojedes. Por haberse decretado el sobreseimiento de la causa por el extinto Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal y confirmada por la Superior Instancia, en consecuencia Lìbrese Boleta de Libertad Plena, se declara con lugar la solicitud de la defensa en cuanto a la exclusión de pantalla y la copia certificada de la Boleta de Libertad. Remítase el expediente en s.....