DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. El ABANDONO DEL TRÁMITE en el recurso de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano Pérez Meléndez Keyla Rosana, ya identificada, contra el Presidente del Instituto Autónomo de la Salud del Estado Apure.
2. SE IMPONE UNA MULTA a la parte recurrente por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES CON 00/100 (BS. 5.000,OO), conforme lo previsto en el único aparte del artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.