Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA del ciudadano DUMAR DUBAN NIEVES ALVARADO, de nacionalidad Colombiana, titular de la cédula de ciudadanía C.C-17.596.237, de fecha de nacimiento 26 de Agosto de 1984, soltero, alfabeto, natural de Arauquita, Departamento de Arauca, República de Colombia, residenciado en el Barrio La Aurora II, calle Principal al lado del puente en una casa de Zinc en toda la esquina, Teléfono 0416/7360654, Guasdualito, Estado Apure, por la presunta comisión del delito de USURPACIÓN DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Pena.....