Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Itinerante de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se decreta la SEPARACION de la causa del ACUSADO DOUGLAS JOSÉ QUINTANA TORRES, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.613.753, residenciado en la Urbanización Los Centauros, Calle Principal, al final S/N, Cerca del Canal, Municipio San Fernando, Estado Apure, así mismo se ordena su aprehensión de conformidad con los artículos 236, 246 y 248 del Codigo Organico Procesal Penal.
SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 375 y 349 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR EN SU TOTALIDAD LA ACUSACION, interpuesta por el Ministerio Publico en contra de la acusada RAFAEL OCTAVIO MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.517.974, domiciliado en el Sector El Trillo, Parro.....