Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, corriente a los folios dieciséis (16) y diecisiete (17), de la presente causa, en contra del penado LEÓN HERRERA CARMELO ANTONIO, titular de la cédula de identidad N°-9.873.844, natural de la Parroquia Queseras del Medio, Municipio Achaguas Estado Apure, con domicilio en la vía Perimetral, entre Guasimo I y San Luis, casa s/n, San Fernando de Apure, nacido el 25-03-1964, hijo de Carmelo Trinidad León y Isabel Maria Herrera, por admisión de los hechos fue condenado por el delito de: LESIONES PERSONALES GRAVES, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 417, 278, y 219 ordinal 1° todos del Código Penal, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS, DOS (02) MESES y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN. Practíquese cómputo de pena.
TIEMPO DE DETENCION:
Desde el 23-01-2003, Hasta la presente fecha.
TOTAL P.....