Por todo lo expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE ADMITE el Recurso de Apelación de Sentencia, ejercido por los Abogados TERESA DE JESUS CEDEÑO GALINDEZ y FREDDY FIDEL MOLINA AYALA, en su condición de Defensores Privados del ciudadano PEDRO RAMÓN GUERRA PEREZ, de conformidad con el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, formulada por ante el Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Apure, extensión Guasdualito, en contra de la Sentencia dictada en fecha 30-05-2011 y publicada el 07-07-2011, en la causa signada con el N° 1U-546-10 e identificada por esta alzada con el Nº 1As-2104-11, que condena al acusado PEDRO RAMÓN GUERRA PEREZ, a cumplir la pena de doce (12) años y seis (06) meses de prisión, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de .....