acuerda MODIFICAR LA ESPECIE DE LA PENA del ciudadano REINALDO ROBERT ROA GAMBOA, de nacionalidad Venezolano, natural de Valencia Estado Carabobo, nacido en fecha 23-03-82, titular de la cédula de identidad Nº V-17.997.556, Soltero, Obrero, residenciado en la Urbanización "Los Laureles", Carretera Nacional, caserío nuevo, poco después de la entrada del Teatro de Operaciones, Guasdualito Estado Apure, quien deberá cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal vigente para la fecha de la comisión del delito (07-09-2003), ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 470, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera, deberá cumplir con las penas accesorias que le corresponden de conformidad con el cambio de especie de la pena, es decir, las contempladas en el artículo 16 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal, siendo ésta la más .....