Por todas las anteriores consideraciones, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal desestima la presente solicitud de consignación de canon de arrendamiento, cuyo solicitante es el ciudadano AAMER ATRAH BACHAAR, titular de la cédula de identidad N° 22.882.752, debidamente asistido por el abogado Alexis Villalta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 217.260, dando así por terminado la presente solicitud. Líbrese Boleta de Notificación de la presente decisión al solicitante, ciudadano AAMER ATRAH BACHAAR, suficientemente identificado.
La Jueza Provisoria,
Abg. INÉS MARÍA ALONSO AGUILERA
El Secretario,
Abg. LENIN ALEXANDER POLANCO RODRÍGUEZ
Sol. 10-16