Declara: CON LUGAR lo solicitado por ser ajustado a derecho y para la cual se ordena librar Oficio al DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIAL DEL ESTADO APURE, a los fines de informarles la Terminación de la Medida de Protección a la ciudadana: ANDREINA DEL CARMEN CABRERA, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.681.677, residenciada en el sector "Llano Fresco", Calle La Roca, Casa Nº 46, entrada por la Iglesia Roca Celestial, Municipio Biruaca estado Apure, quien es VICTIMA INDIRECTA, en el asunto penal que adelanta el Ministerio Público signado con el Nº MP-378635-2015, seguido por la Fiscalía Sexagésima Sexta del Ministerio Público a Nivel Nacional, por el delito de LESIONES PERSONALES, en el cual la víctima directa es su hija adolescente ISLEYER MAIGUALIDA TRINIDAD CABRERA, todo de conformidad con lo previsto en el Primer aparte del Artículo 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales. Remítase copia del presente auto con oficio al Fiscal Superior del Mi.....