TERCERO: Por los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR, de cinco (05) meses, veintisiete (27) días de prisión, más las accesorias de ley, al penado CARLOS ADOLFO CASTIBLANCO MALDONADO, mayor de edad, de nacionalidad colombiana, indocumentado, condenado por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley sobre la Violencia en contra de la Mujer y la Familia, vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de Alba Ledi García Flores. En consecuencia, se extingue la pena quedando extinguida la responsabilidad penal y en plena libertad el penado. Todo con fundamento a lo establecido en el numeral 1, tercer y último.....