Por las razones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL (BIENES), CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y DISTRITO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS, con sede en San Fernando de Apure, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda por INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA ejercida por el ciudadano JOFFRE GONZÁLEZ, quien es venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad Nos V-2.507.123, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO BIRUACA. Todo de conformidad a lo establecido en los artículos 84, Ord. 05 y 124, Ord. 02, de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia derogada, siendo aplicables al caso de autos, la "RATIONAE TEMPORE", por haberse generado los hechos controvertidos bajo su vigencia, en concordancia con lo establecido en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de fecha 2 de diciembre de 1965, publ.....