Por todo los razonamientos anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Decreta El SOBRESEIMIENTO de la causa seguida en contra de LUIS FELIPE RANGEL DÍAZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-13.037.282, residenciado en la calle Sucre, casa Nº 95, Barrio Morrones, Guasdualito, estado Apure, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de CARLOS RAMÓN ZAMBRANO ARAUJO. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 8º, 318 numeral 3º y 319 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia cesa toda medida de coerción dictada en contra del prenombrado ciudadano. Notifíquese a las partes. Remítase la causa como con.....