Por lo antes expuesto Este Tribunal de Primera Instancia en función de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Apure, Extensión Guasdualito, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad denla Ley ACUERDA:
Primero: Homologar el acuerdo reparatorio, celebrado en fecha 18 de mayo de 2.007, entre el ciudadano: Ender Edecio Varela Varela, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.349.172, y la ciudadana Eduvina Martínez de Ortiz, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía No. 80.587.833, en su carácter de representante legal de la ciudadana Adolescente (se omite su identidad por ser menor de edad), titular de la cédula de identidad No. V-25.336.556, víctima en la presente causa, por un monto de veintitrés mil bolívares fuertes (23.000BsF), por indemnización con ocasión a las lesiones sufridas en accidente de tránsito ocurrido el 17 de mayo de 2.007, en la ca.....