En mérito de los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Sur, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano LEON CUERVO GUILLERMO IGNACIO, contra el ESTADO APURE.
SEGUNDO: Se ordena al Estado Apure a pagar la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 54.512.615,47), por concepto de prestaciones sociales.
TERCERO: Se ordena la experticia complementaria del fallo para el cálculo de los intereses moratorios desde el 1º de mayo del año 2006 hasta la ejecución de la sentencia. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: la cancelación del concepto de Cesta Ticket es a partir del año 2001.