PRIMERO: LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, mantengase a los imputados WILSON EDUARDO DIMAS ROMERO, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad Numero V-19.249.179, de 22 años de edad y a quien apodan "EL GOCHO" y JEAN CARLOS VARGAS BRIZUELA, Venezolano Titular de la Cedula de Identidad Numero V-19.249.133, de 18 años de edad en la Comandancia de la Policía de esta Localidad.
SEGUNDO: Mantengase el expediente en el Tribunal Primero de Control hasta tanto la Fiscalia dicte el Acto Conclusivo, para lo cual tiene (Treinta) 30 días continuos, contados a partir de esta fecha, dada solicitud presentada por la Defensa y en base a lo establecido en los artículos 305 y 325 del Código Orgánico Procesal Penal se insta al Ministerio Publico para que cite a los ciudadanos ARGENIS ARMARIO y GEORGINA CORDOVA a los fines de que rindan declaración. Es todo termino, se leyó y conformes firman.
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
NORKA MIRABAL RANGEL