DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal del Ministerio Público en contra del ciudadano, JAVIER YOVANNI BEJAS SEIJAS Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.144.260 de 32 años de edad, nacido en fecha 18-07-1.980, Letrado, Soltero, natural del Municipio San Fernando Estado Apure, y Residenciado actualmente en el Barrio las Marías, Calle Avelina Duarte, casa Nº 88, San Fernando Estado Apure, hijo de RAFAEL TOMAS BEJAS Y CLARA VERÓNICA SEIJAS, de la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, establecido en el contenido del articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre.....