DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de Revisión y Aumento de Obligación Alimentaria formulada por la ciudadana BELKYS ZULEIMA BARCENAS, titular de la cedula de identidad N° 9.873.644, en su condición de madre de los HNOS. QUINTANA BARCENAS KEYTTIELYS ZULEIMAR, KEYMAR ABIGAIL Y KEVIN JHOSSER.-
SEGUNDO: Se AUMENTA con carácter DEFINITIVO como obligación Alimentaria a la suma de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo) mensuales, a partir del 30-09-05, que el ciudadano WISMER JOSE QUINTANA, venezolano, mayor de edad, Policía Jubilado, titular de la Cédula de Identidad N° 11.241.762 y de este domicilio, debe cumplir a favor de sus hijos HNOS. QUINTANA BARCENAS KEYTTIELYS ZULEIMAR, KEYMAR ABIGAIL Y KEVIN JHOSSER, mas aportes extras de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,oo) divididas en tres partes de CIEN MIL BOLIAVRES (Bs. 100.000,oo) cada uno, en los meses de Julio, Agosto y Septiembre de cada año para cubrir gastos ocasionados por los beneficiarios Hnos. Q.....