Por todo lo anteriormente expuesto, esté Tribunal Superior Civil (Bienes), Contencioso Administrativo y Agrario de la Circunscripción Judicial de la Región Sur, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ISAÍAS ALBERTO FERNÁNDEZ, identificado en actas, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ANTONIO GALLEGOS, mediante diligencia presentada en fecha 27 de septiembre de 2004, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure.
SEGUNDO: CON LUGAR el DERECHO DE PERMANENCIA interpuesta por el ciudadano JOSÉ DE JESÚS LÓPEZ, contra el ciudadano RAMÓN ANTONIO GALLEGOS, y se acuerda el derecho de Permanecer al ciudadano José de Jesús López, en el lote de terreno constante de aproximadamente treinta hectáreas (30 Has) que forma parte de una mayor extensió.....