DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 1C-14-99, seguida en contra de: MANUEL DAVID APONTE, Titular de la cedula de identidad V- 15.998.986, en perjuicio de ILDEMAR ISMENIA PIÑA MORENO, Titular de la cedula de Identidad Numero V-12.027.201, por la presunta comisión de uno de los Delitos CONTRA LA PROPIEDAD precalificado por el Fiscal del Ministerio Publico como HURTO SIMPLE, tipificado en el Articulo 453 del Código Penal, conforme a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Y así se decide. Notificar a las partes y a Alguacilazgo dejando sin efecto las Presentaciones y las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
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