DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa signada con el N° 2C-8325-06, seguida en contra de JEAN CARLOS APARICIO JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.15.682.522, residenciado en la calle Colombia, al final casa 21-1 San Fernando, Estado Apure, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo 17 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de CARMEN TERESA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.591.159, residenciada en el Barrio la Odisea, casa Nº 19, vereda 01, Biruaca, Estado Apure, conforme a lo establecido en el Artículo 318 Numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide. Notifíquese a las partes. Remíta.....