DISPOSITIVA:
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA INHIBICION planteada por el abogado NELSON ASCANIO VALENZUELA en su condición de Juez Accidental en la presente causa Nº 1Aa-1777-09 nomenclatura de la mencionada Corte de Apelaciones, seguida a los ciudadanos: GIAN LUIS LIPPA, FRANCISCO JAVIER LORETO, JOSÉ OMAR PANZA, CRISPIN ANTONIO LARA y HECTOR DANIEL ALIZA signada bajo el número 1Aa-1777-09, de conformidad con lo previsto en el Artículo 86, numeral 8º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por estar en presencia de una causa que puede afectar su imparcialidad al momento de decidir.
Diarícese, regístrese, publíquese y solicítese a la Presidencia de este Circuito Judicial Penal un nuevo juez Accidental para que conf.....