ÚNICO: inoficioso entrar a resolver el recurso de apelación interpuesto el dieciséis (16) de Octubre de 2.024, para las ciudadanas Lucimar de la Coromoto Ibarra Muñoz y Roxana Castillo Álvarez del delito de retraso u omisión intencional de funciones, previsto en el numeral 2 del artículo 69 de la Ley Contra la Corrupción, por el ilícito constricción para obtener sumas de dinero, previsto en el artículo 67 del mismo instrumento legal, así mismo admite en contra de las ambas ciudadanas los delitos de constricción para obtener sumas de dinero, previsto en el artículo 67 de la Ley contra la Corrupción, y agavillamiento tipificado en el artículo 286 del Código Penal, y contra la ciudadana Roxana Castillo Álvarez, adicionalmente admite el delito de usurpación de funciones, sancionado en el artículo 213 del Código Penal, decretando la A-quo, en base a este ilícito decretó el sobreseimiento, a favor de la ciudadana Lucimar de la Coromoto Ibarra Muñoz, conforme al numeral 1 del artículo 300 .....